Más allá de la notaría: Cómo perfeccionar la compra de tu inmueble
Diciembre 2 de 2025¿Tienes las escrituras de tu casa? ¡Cuidado! Aún no eres el dueño legal
Si acabas de comprar una vivienda y ya tienes las escrituras en la mano, es probable que sientas que el proceso ha terminado y que la casa es oficialmente tuya. Sin embargo, existe un malentendido común que podría poner en riesgo tu patrimonio.
Según la ley colombiana, tener las escrituras no es suficiente para acreditarte como el único dueño del inmueble. A continuación, te explicamos el paso crucial que muchos omiten y por qué es obligatorio.
La diferencia entre tener la escritura y ser el dueño
Es fundamental entender qué representa cada documento. La escritura pública es un archivo legal que se elabora en una notaría; su función es formalizar la compraventa, hipoteca o traspaso, estableciendo los derechos y obligaciones de las partes.
No obstante, la escritura por sí sola solo da cuenta de que se realizó un negocio o transacción. Como aclara el abogado Jackson Peláez, experto de la Universidad Libre, tenerlas "no significa que puedan hacer algo con solo tenerlas" si no se completa el proceso legal.
El paso obligatorio: La Oficina de Registro
Para que el Estado y la ley te reconozcan como el verdadero propietario (titular del dominio), debes realizar un trámite adicional: la inscripción de la escritura en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos.
Importante: "La única persona que es dueña de una casa es la que aparece en el certificado de libertad y tradición", afirma el experto.
Si omites este paso, legalmente el vendedor seguirá figurando como el dueño de la propiedad, a pesar de que tú hayas pagado y firmado en la notaría.
¿Cómo funciona el proceso?
El ciclo para legalizar tu vivienda consta de dos etapas principales:
- En la Notaría: Comprador y vendedor transcriben el contrato de compraventa en una escritura pública. Aquí se asumen gastos de escrituración (aproximadamente el 0.54% del valor de la venta) que usualmente se pagan por partes iguales.
- En la Oficina de Registro: Una vez tienes la escritura, el comprador debe dirigirse a la entidad de registro de su ciudad para legalizar la titularidad. Sin este sello de validez, la compraventa no se ha "solemnizado" jurídicamente.
Conclusión
No permitas que la emoción de la compra te haga olvidar la seguridad jurídica. Recuerda que el simple hecho de tener las escrituras guardadas en casa no te hace "patrono del inmueble" ante la ley. Asegúrate de completar el registro para proteger tu inversión.